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VISAS FAMILIARES

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Una de las formas mĆ”s comunes de obtener una tarjeta verde en los Estados Unidos es a travĆ©s de una peticiĆ³n familiar. Entendemos que este procedimiento puede ser largo y complejo y estamos listos para ayudarlo paso a paso a travĆ©s del proceso para evitar errores que puedan causar demoras innecesarias.

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SegĆŗn la ley de inmigraciĆ³n de los Estados Unidos, todos los ciudadanos estadounidenses (incluidos los naturalizados) pueden patrocinar a familiares para que vengan a vivir y trabajar en los Estados Unidos como residentes permanentes.

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Visas de inmigrante familiar inmediato (ilimitadas)

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Estos se basan en una relaciĆ³n familiar cercana con un ciudadano de los Estados Unidos (EE. UU.). No hay lĆ­mite en la cantidad de tarjetas verdes que se pueden otorgar en estas categorĆ­as. Las siguientes relaciones son elegibles:

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  • CĆ³nyuge de ciudadano estadounidense.

  • Hijo soltero menor de 21 aƱos de un ciudadano estadounidense.

  • HuĆ©rfano adoptado en el extranjero por un ciudadano estadounidense.

  • HuĆ©rfano para ser adoptado en Estados Unidos por un ciudadano estadounidense.

  • Padre de un ciudadano estadounidense que tenga al menos 21 aƱos de edad.

 

Visas de inmigrante de preferencia familiar (limitada)

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Estos tipos de visa son para relaciones familiares especƭficas mƔs distantes con un ciudadano estadounidense y algunas relaciones especƭficas con un residente permanente legal. Las categorƭas de preferencia familiar son:

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  • F1: Hijos e hijas solteros de ciudadanos estadounidenses y sus hijos menores, si los hubiera.

  • F2A: CĆ³nyuges, hijos menores e hijos e hijas solteros (menores de 21 aƱos) de LPR.

  • F2B: Hijos e hijas solteros (de 21 aƱos o mĆ”s) de LPR.

  • F3: Hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses, y sus cĆ³nyuges e hijos menores.

  • F4: Hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses y sus cĆ³nyuges e hijos.

 

Nota: Los abuelos, tĆ­as, tĆ­os, suegros y primos no pueden patrocinar a un familiar para la inmigraciĆ³n.

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